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DL da manos libres a mineras en tierras de las comunidades

Ahora las compañías ya no necesitarán contar con el permiso de las comunidades sino solo del Estado, vía derecho de servidumbre.

José Carlos Reyes.

 

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Aplanadora. El gobierno flexibilizó aún más la entrega de concesiones. (Foto: Roberto Guerrero)

 
Diversos especialistas criticaron el Decreto Legislativo 1064 –emitido dentro del paquete de normas para la implementación del TLC– pues deja sin efecto el requisito del Acuerdo Previo entre las comunidades y las empresas mineras para que estas obtengan la licencia de explotación dentro de sus territorios.

El coordinador de la ONG Servicios Educativos Rurales (SER), Paulo Vilca, refirió que la nueva norma deroga la Ley 26505 que establecía el acuerdo previo y solo conserva la figura jurídica de la servidumbre.

"Entonces la comunidad ya no podrá negociar con las empresas sobre el valor que ella le otorgue a su propiedad, sino que deberá acatar lo que el Estado le imponga como indemnización, vía la servidumbre minera", indicó Vilca.

FAVORECEN A MINERAS

En un contexto de mayores proyectos mineros –la consultora Gerens señaló ayer que el Perú se ubica en el sexto lugar entre los países con mayor inversión en exploración minera a nivel mundial– el gobierno flexibiliza los requisitos para otorgar una concesión.

Vilca explicó que debido al cambio de la ley, mineras como Río Blanco Copper podrán obtener licencia ambiental del Ministerio de Energía y Minas sin contar con el permiso de los propietarios, solo deberán solicitar derecho de servidumbre.

El padre Marco Arana, miembro de la Red Muqui, advirtió que la norma viola los derechos de propiedad de las comunidades, pues pierden capacidad de negociación.

"El gobierno solo habla de estabilidad jurídica cuando favorece intereses empresariales, pero modifica la legislación pese a que afecta a las comunidades", dice Arana.

LA CIFRA

6 Es el puesto del Perú en el ranking de países con mayor inversión en minería.

 
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