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Mirko Lauer.
El Ejecutivo ha reducido la votación necesaria para autorizar el establecimiento de negocios en tierras comunales, de 66% a 50% de los votos comuneros aprobatorios (¿quiénes votan en esos casos?). Algunos consideran que esta medida va en contra de la protección de los derechos de los comuneros, y que al promover las inversiones afecta la unidad de los territorios indígenas recomendada por la OIT.
En efecto, para las empresas que desean operar en esos territorios se ha bajado algo una valla frente a lo que podemos llamar la voluntad popular de las comunidades. Al mismo tiempo, dentro de las comunidades mismas se ha reforzado en 16% la posición de quienes están a favor del ingreso de esas empresas a operar en sus territorios. Aunque operar con un 49% en contra no es una imagen de estabilidad.
A primera vista estamos ante una modificación de las relaciones entre los negocios y la antropología: el gobierno les abre trocha a las empresas y también a aquellos comuneros a favor de que ello se produzca. Sin embargo les dificulta las cosas a aquellos comuneros contrarios a la llegada de las empresas. ¿Se entiende que esas votaciones producen acuerdos inmodificables?
La posición histórica frente a los derechos de la comunidad indígena es que por estar disminuidos los comuneros el Estado deber protegerlos de la codicia de los de fuera. Esto se logró, muy a medias, volviendo sus activos intangibles y en esa medida, desde la perspectiva liberal, limitados su derecho a la propiedad. En un campo con poco capitalismo, nunca fue un problema, y al haber poco Estado, tampoco una solución.
Ese fue el criterio que se aplicó en la Reforma Agraria de 1969 con sus tierras no enajenables. Pero cuando las tierras cooperativas dejaron de ser intangibles todo el esquema de la protección cambió. El derecho al desmembramiento de la propiedad colectiva en parcelas fue defendido parejamente por la derecha y la izquierda, y fue una batalla ganada.
La idea misma de que los comuneros en votación de asamblea decidan si quieren que sus tierras sean escenario de negocios privados es en sí misma algo novedoso. La comunidad pasa a tener ella misma una faceta de sociedad comercial, con los derechos y deberes que vienen con ellos. Ya no los derechos del comunero ancestral, sino otro tipo de derecho.
Que la decisión se tome por 66% o 50% de los socios modifica en algo, pero no cambia el fondo de la cuestión, que es la decisión de una mayoría. Esa mayoría calificada que acaba de eliminarse era una suerte de rezago formal del rol protector (los liberales dirían paralizador) del Estado frente a la comunidad.
Los defensores de las relaciones tradicionales del Estado con la comunidad llegan un poco tarde. Más bien deberían proponer algunas fórmulas que ayuden a las comunidades a avanzar más rápido por el camino de la modernización frente a las empresas, que termina siendo la mejor, casi la única defensa, y pedir que el Estado colabore con ello. |